
La compra de renta por accidente de trabajo en 2026 se inscribe en un contexto de profunda reestructuración del régimen AT-MP. La ley de financiación de la Seguridad Social para 2025, promulgada el 28 de febrero de 2025, modifica la lógica misma de la indemnización. Ya no se trata de un simple mecanismo de conversión en capital, sino de una reestructuración de lo que la renta cubre y de cómo se calcula.
Dissociación de los conceptos de indemnización: la mecánica que vuelve obsoleta la compra
Antes de la reforma, la renta AT-MP se pagaba de manera global, sin una clara distinción entre la compensación de la pérdida de ingresos y la reparación del daño corporal (déficit funcional permanente). La compra de renta, tal como existía, consistía en convertir total o parcialmente esta renta en un capital único, basándose en baremos que datan en algunos casos del decreto del 17 de diciembre de 1954.
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La reforma de 2026 introduce una dissociación entre la parte profesional y la parte funcional de la indemnización. La renta ahora se divide en dos componentes distintas: una compensa la pérdida de salario relacionada con la incapacidad, la otra repara el déficit funcional permanente. Esta separación hace que el antiguo mecanismo de compra parcial sea difícilmente aplicable, ya que la base misma de lo que se compraba cambia de naturaleza.
Para entender mejor tus derechos para la compra de renta por accidente de trabajo 2026, es necesario medir hasta qué punto esta disociación redistribuye las cartas según el perfil de la víctima.
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Tasa de incapacidad permanente y compra de renta: quién gana, quién pierde
El impacto de la reforma varía considerablemente según la tasa de IPP. La tabla a continuación sintetiza las diferencias de tratamiento según el nivel de gravedad.
| Tasa de IPP | Antes de la reforma 2026 | Después de la reforma 2026 |
|---|---|---|
| Inferior al 10 % | Indemnización en capital fija, compra no aplicable | Indemnización en capital recalculada, evaluación individualizada del déficit funcional |
| Entre el 10 % y el 50 % | Renta trimestral global, compra parcial posible según baremo antiguo | Renta dividida en dos partes, compra parcial cuestionada por la nueva arquitectura |
| Superior o igual al 50 % | Renta mensual global, compra parcial posible | Renta mensual dividida, las víctimas más gravemente afectadas son las más expuestas a los efectos redistributivos |
Los comentarios sindicales y profesionales convergen en un punto: la nueva arquitectura de indemnización puede ser desfavorable para las incapacidades más severas. La razón radica en el método de evaluación del déficit funcional permanente, que ahora se basa en un referente más individualizado, pero cuyos baremos no siempre compensan el antiguo cálculo global.
Calendario de aplicación y ventana de transición para la compra
La entrada en vigor efectiva de la reforma fue precisada a lo largo del año 2026, con una aplicación anunciada para noviembre de 2026. Este desfase crea una ventana de transición durante la cual las antiguas reglas pueden seguir aplicándose, según la fecha de consolidación o liquidación de la renta.
En la práctica, esto significa que dos empleados que hayan sufrido un accidente similar pueden estar sujetos a reglas diferentes según si su expediente se consolida antes o después del cambio. Los elementos a tener en cuenta:
- La fecha de consolidación fijada por el médico asesor de la CPAM determina el régimen aplicable, antiguo o nuevo
- Una compra parcial solicitada antes de la entrada en vigor efectiva se sigue tratando según los baremos anteriores
- Los expedientes en curso de instrucción en la fecha clave podrían estar sujetos a disposiciones transitorias, cuyas modalidades deben ser precisadas por decreto
Esta incertidumbre temporal refuerza la necesidad de verificar la fecha de consolidación inscrita en la notificación de la CPAM.
Baremo de compra: un decreto de 1954 aún al acecho
El baremo de compra de renta AT se basa históricamente en un decreto del 17 de diciembre de 1954, cuyos montos se calculaban en francos. Una pregunta escrita planteada en la Asamblea Nacional desde 2019 ya subrayaba el carácter obsoleto de este texto, en comparación con el régimen más favorable derivado de la ley del 27 de diciembre de 2011 aplicable a los accidentes causados por un tercero.
La reforma de 2026 no corrige directamente este desfase. Cambia la estructura de la renta, pero el baremo de conversión en capital aún no ha sido actualizado para reflejar la nueva disociación. Las víctimas de una falta inexcusable del empleador permanecen, por tanto, en un régimen cuya base de cálculo es menos ventajosa que la aplicable a las víctimas de un accidente que involucra a un tercero.
Falta inexcusable del empleador y aumento de renta en 2026
El reconocimiento de una falta inexcusable del empleador da derecho a un aumento de renta y a la indemnización de daños complementarios. La reforma refuerza este mecanismo en un punto específico: el aumento de renta ahora se calcula únicamente sobre la parte profesional, lo que modifica el monto final percibido.
Antes de la reforma, el aumento se aplicaba a la renta global. Con la disociación, la base de cálculo se reduce a la única componente salarial. Sin embargo, la víctima ahora puede obtener una reparación distinta del déficit funcional permanente ante el tribunal, lo que abre un segundo canal de indemnización.
- El aumento de renta se aplica sobre la parte profesional, no sobre la totalidad de la antigua renta global
- El déficit funcional permanente puede ser reparado por separado, incluso ante el tribunal social del tribunal judicial
- Los daños extrapatrimoniales (sufrimientos físicos y morales) siguen siendo indemnizables como complemento
- La doble vía de indemnización puede compensar la reducción de la base de aumento, pero supone un proceso contencioso

La reforma AT-MP de 2026 no elimina formalmente la compra de renta, pero modifica tanto su base que se convierte en un mecanismo residual. El verdadero cambio radica en la disociación de los conceptos de indemnización, cuyos efectos concretos dependen de la tasa de IPP, de la fecha de consolidación y de la existencia o no de una falta inexcusable. Los decretos de aplicación esperados para noviembre de 2026 resolverán las últimas zonas grises.